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Panamá concede la residencia de Rentista Retirado a extranjeros con ingresos de al menos B/. 850 al mes procedentes exclusivamente de los intereses de su propio depósito a plazo fijo, mantenido al menos 5 años en el Banco Nacional de Panamá o la Caja de Ahorros: residencia temporal de 5 años, renovable por igual plazo.
MCP
Resumen
El permiso de Rentista Retirado de Panamá concede una residencia temporal de 5 años, renovable, a un extranjero cuyos ingresos mensuales, de al menos B/. 850, proceden exclusivamente de los intereses de un depósito a plazo fijo mantenido durante al menos 5 años en el Banco Nacional de Panamá o la Caja de Ahorros (Decreto Ejecutivo 320 de 2008, arts. 196 a 199).
Se trata de una residencia por medios económicos. El activo admisible es su propio depósito a plazo fijo en un banco estatal panameño: no se dona, se gasta ni se paga nada al Estado, y el dinero sigue siendo suyo, aunque queda bloqueado durante años. Mirabello Consultancy la considera una vía de jubilación para quienes viven de sus ahorros y no de una pensión. El balboa panameño (B/.) está a la par con el dólar estadounidense, por lo que B/. 850 equivalen a US$850.
El permiso de Rentista Retirado (rentista jubilado) es una categoría de residencia establecida por el Decreto Ejecutivo 320 de 2008, artículos 196 a 199, modificado por el Decreto Ejecutivo 26 de 2009, en concordancia con la Ley 9 de 1987 (consultado el 11 de octubre de 2026). Lo concede el Servicio Nacional de Migración (SNM), y los requisitos vigentes figuran en la ficha de requisitos PPT-RR del SNM (consultada el 11 de octubre de 2026). El SNM lo otorga como residencia temporal de 5 años, renovable por el mismo plazo.
Su equivalente basado en una pensión es la visa Pensionado de Panamá, permanente desde su concesión; las demás opciones de Panamá figuran en nuestra página sobre la residencia en Panamá. El permiso otorga la residencia, no la nacionalidad ni un pasaporte: consulte residencia frente a ciudadanía.
Estas condiciones proceden del artículo 196 del Decreto Ejecutivo 320 de 2008, en su versión modificada, que cita la ficha del SNM.
Resulta menos adecuada si su capital debe seguir siendo líquido, si vive de una pensión (en ese caso le conviene más el Pensionado), si prevé trabajar en Panamá o si desea la residencia permanente desde el principio.
No del todo: está clasificada como Parcial, 77 sobre 100, con un grado de confianza B, en el Mirabello Golden Retirement Index, puntuada el 11 de octubre de 2026 con la metodología 1.1. Parcial significa que la vía cumple la mayor parte del estándar, con una sola carencia. La carencia es el capital bloqueado. Una puntuación de 77 supera el umbral Golden de 70, pero el estándar limita a Parcial toda vía que bloquee más de US$50.000, y esta exige un depósito bloqueado de unos US$230.000, mantenido en Panamá. Sus puntos fuertes: la renta extranjera queda fuera del impuesto sobre la renta panameño, la ficha del SNM no indica ninguna estancia mínima y la ley migratoria fija un plazo oficial de resolución. Pierde puntos porque el permiso nunca pasa a ser permanente: su categoría de renovación es “cada 5 años, sin estatus permanente”. El estándar es propio de Mirabello: una visa dorada de jubilado es un permiso de residencia, no la ciudadanía, que no exige inversión, y todas las vías se puntúan a partir de fuentes oficiales. La vía de Panamá basada en la pensión, el Pensionado, es Golden.
En la ficha de requisitos PPT-RR del SNM no figura ninguna regla de estancia mínima. Eso no prueba que no exista ninguna, por lo que confirmamos la situación para su caso. Hay una cuestión jurídica relevante: la ficha trata el permiso como residencia temporal, pero un artículo del reglamento modificado describe al titular en términos de residente permanente. Si se considera residencia permanente, puede aplicarse la regla de ausencia de dos años para los residentes permanentes, explicada en nuestra página del Pensionado. Hasta que se confirme, prevea regresar a Panamá en cada periodo de dos años.
La residencia fiscal es un criterio distinto: usted pasa a ser residente fiscal panameño si permanece más de 183 días en Panamá en un ejercicio fiscal, o si tiene allí su vivienda permanente (Código Fiscal, artículo 762-N). Para comparar vías con reglas de presencia ligeras o inexistentes, consulte nuestra guía sobre la residencia sin mudarse.
Panamá grava con un criterio territorial: solo tributa la renta generada en Panamá, se reciba donde se reciba, por lo que las pensiones, los dividendos, los intereses y las ganancias extranjeros de un residente fiscal quedan fuera del ámbito del impuesto sobre la renta panameño. La regla es el primer párrafo del artículo 694 del Código Fiscal, restablecido por la Ley 1 del 8 de enero de 2014 (consultada el 11 de octubre de 2026).
| Renta | Tratamiento para un residente fiscal panameño |
|---|---|
| Pensión extranjera | Fuera del ámbito del impuesto sobre la renta panameño (principio territorial). |
| Dividendos e intereses extranjeros | Fuera del ámbito del impuesto sobre la renta panameño (principio territorial). |
| Ganancias de capital extranjeras | Fuera del ámbito. Las ganancias sobre activos panameños sí tributan: la ganancia obtenida por la venta de un inmueble panameño fuera de la actividad ordinaria del vendedor tributa al 10%, con un anticipo obligatorio del 3% que el vendedor puede optar por considerar como impuesto definitivo. |
| Impuesto sobre el patrimonio y de sucesiones | No hay impuesto de sucesiones ni sobre el caudal hereditario (suprimido desde el 1 de enero de 1986); el impuesto sobre donaciones fue derogado en 2002. No consta ningún impuesto sobre el patrimonio, pero esa ausencia aún no está confirmada por un texto oficial. |
| Base jurídica | Código Fiscal, artículo 694, primer párrafo, restablecido por la Ley 1 de 2014; tramos del impuesto sobre la renta de fuente panameña en el Código Fiscal. |
La renta de fuente panameña tributa a tipos progresivos: 0% hasta US$11.000, 15% entre US$11.000 y US$50.000 y 25% por encima. Los intereses del depósito que le permiten optar a la vía se generan en Panamá, por lo que la regla territorial no los deja por sí sola fuera del impuesto; aún no está confirmado oficialmente si los intereses de los depósitos a plazo en bancos panameños están exentos, y lo comprobamos para su caso.
La tributación sigue a la residencia fiscal, no al permiso: el tratamiento se aplica una vez que usted es residente fiscal en Panamá, y su país de origen puede seguir gravándole si usted continúa siendo residente allí. El país que paga una pensión también puede gravarla conforme al convenio de doble imposición pertinente. Se trata de información general, no de asesoramiento fiscal. Consulte la tributación territorial de Panamá para jubilados y nuestra guía sobre los países que no gravan las pensiones extranjeras.
No se publica ningún plazo de tramitación para esta categoría. La ley migratoria panameña de 2008 fija un plazo legal para resolver las solicitudes de residencia, pero no se han comprobado las modificaciones posteriores, por lo que confirmamos el plazo vigente para su caso. Las tasas oficiales y cualquier depósito de repatriación también se confirman en cada caso: no se encontró ningún baremo de tasas vigente del SNM para esta categoría.
La ficha PPT-RR del SNM enumera los documentos:
La necesidad de apostilla y de traducción al español se confirma en cada caso. El depósito se abre primero, porque su certificado forma parte del expediente.
El permiso tiene una vigencia de 5 años y es renovable por el mismo plazo (Decreto Ejecutivo 320 de 2008, artículos 196 a 199), de ahí su categoría de renovación en el Index, “cada 5 años, sin estatus permanente”. Una renovación exige los mismos documentos que la primera solicitud, salvo el certificado de antecedentes penales, por lo que el depósito admisible y su certificación bancaria deben seguir vigentes. Retirar el depósito o incumplir la Ley 9 de 1987 hace perder los incentivos asociados al estatus. La ficha del SNM no convierte el permiso en residencia permanente.
La vía no establece ningún camino propio hacia la ciudadanía. La naturalización panameña se computa en años de residencia permanente: cinco como regla general conforme al artículo 10 de la Constitución, menos años por reciprocidad para los nacionales por nacimiento de España y de algunos Estados latinoamericanos. Si el tiempo con este permiso se computa depende de su naturaleza jurídica, todavía sin resolver, por lo que aún no está confirmado oficialmente.
El Rentista Retirado se adapta a personas con ahorros considerables y sin una pensión admisible que desean la residencia panameña bajo un sistema tributario territorial y aceptan tener el capital bloqueado en un banco estatal. Sus contrapartidas son ese capital bloqueado, el ciclo de renovación de 5 años y la ausencia de un camino indicado hacia la permanencia.
Dentro de Panamá, la visa de Países Amigos está abierta solo a los nacionales de los países de la lista que acreditan un vínculo económico, y lleva de un permiso provisional a la residencia permanente; la visa de Inversionista Calificado es una vía de inversión con residencia permanente directa. Para ver la región en conjunto, lea visas de pensionado y rentista de América Latina comparadas, el Golden Retirement Index de todas las vías puntuadas y nuestra guía de residencias para jubilados y de rentas pasivas.
Para obtener una primera respuesta a cualquier hora, pregunte a Mira, by Mirabello, la asesora de IA de Mirabello Immigration Intelligence. Mira consulta los mismos datos verificados del programa que esta página y puede comparar el Rentista Retirado con el Pensionado y con las demás vías del Mirabello Golden Retirement Index. Después, un especialista revisa los detalles que deciden su caso.
Mirabello Consultancy comprueba si el Pensionado o el Rentista Retirado le conviene más, confirma con el banco el depósito que genera B/. 850 al mes al tipo vigente, prepara el expediente, coordina la presentación en Panamá a través de abogados locales habilitados y planifica cada renovación de 5 años. Para saber si esta vía se ajusta a sus ahorros, reserve su consulta gratuita y confidencial.
Solo información general, no asesoramiento jurídico ni fiscal. Los requisitos se consultaron en las fuentes oficiales enlazadas más arriba el 11 de octubre de 2026 y pueden cambiar; los confirmamos para su caso.
Vías admisibles
| Vía | Desde | Tipo |
|---|---|---|
| Rentista Retirado (intereses de un depósito a plazo fijo a 5 años en un banco estatal), residencia temporal | B/. 850 al mes | rentas pasivas |
MCPPuntuado según coste, movilidad, rapidez, vía, estabilidad, familia e impuestos.
Nuestra lectura: El permiso de Rentista Retirado de Panamá concede una residencia temporal de 5 años, renovable, a un extranjero cuyos ingresos mensuales, de al menos B/. 850, proceden exclusivamente de los intereses de un depósito a plazo fijo mantenido durante al menos 5 años en el Banco Nacional de Panamá o la Caja de Ahorros (Decreto Ejecutivo 320 de 2008, arts. 196 a 199). Perspectiva estratégica, solo consultiva; cifras con seguimiento de procedencia, elementos no confirmados señalados para verificación.
Una comprobación indicativa de cuatro preguntas para ver si este programa se adapta a su perfil. Un especialista de Mirabello revisará su nacionalidad, estructura familiar, situación financiera y plazo con total confidencialidad, confirmando su elegibilidad detallada y qué ruta le corresponde, sin coste y sin compromiso.
Según sus respuestas, la opción “Residencia de Rentista Retirado de Panamá” parece merecer un análisis más detenido. Un especialista de Mirabello trazará la vía precisa en función de su nacionalidad, su familia y su situación fiscal.
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MCP · por caso
| Programa | Desde | Plazo | Estancia mín. | Movilidad | Resultado |
|---|---|---|---|---|---|
| 🇵🇦 Residencia de Rentista Retirado de Panamá | B/. 850 al mes | Por confirmar | Sin regla en la ficha del SNM | Solo residencia en Panamá | Permiso de residencia |
| 🇵🇦 Residencia Pensionado de Panamá | B/. 1.000 al mes | Por confirmar | Ninguna | Solo residencia en Panamá | Permiso de residencia |
| 🇬🇹 Residencia de pensionado y rentista de Guatemala | US$1.250 al mes | Por confirmar | Ninguna | Solo residencia en Guatemala | Permiso de residencia |
| 🇵🇾 Residencia para pensionados de Paraguay | Sin mínimo fijo | Por confirmar | Ninguna | Solo residencia en Paraguay | Permiso de residencia |
Profundice
Preguntas
Cifras verificadas con fuentes oficiales, con seguimiento de procedencia, información, no asesoramiento · Última actualización 2026-10-08
La ley no fija ningún importe. Su depósito a plazo fijo en el Banco Nacional de Panamá o la Caja de Ahorros debe generar al menos B/. 850 al mes en intereses, con un plazo de al menos 5 años y libre de gravámenes, por lo que la suma depende del tipo de interés del banco en el momento de la solicitud. El Mirabello Golden Retirement Index la estima en unos US$230.000; no se obtuvieron los tipos vigentes, por lo que el banco confirma la cifra.
No. Una pensión no se exige ni se computa: los B/. 850 al mes deben proceder exclusivamente de los intereses de su propio depósito a plazo fijo en el Banco Nacional de Panamá o la Caja de Ahorros. Las pensiones, los salarios, los dividendos y los alquileres no son admisibles. Si tiene una pensión vitalicia, la visa Pensionado de Panamá es la vía basada en la pensión, y es permanente desde su concesión.
No. El Servicio Nacional de Migración concede una residencia temporal de 5 años, renovable por el mismo plazo, y su ficha no la convierte en residencia permanente. Cada renovación exige los mismos documentos, por lo que el depósito debe mantenerse. Un artículo del reglamento modificado emplea términos de residente permanente, por lo que la naturaleza jurídica exacta del permiso aún no está confirmada oficialmente.
No del todo: el Rentista Retirado está clasificado como Parcial, 77 sobre 100, grado B, en el Mirabello Golden Retirement Index (puntuado el 11 de octubre de 2026 con la metodología 1.1). Su puntuación supera el umbral Golden de 70, pero exige un depósito bloqueado de unos US$230.000, mantenido en Panamá, por encima del límite de US$50.000 que fija el estándar para el capital bloqueado. La vía de Panamá basada en la pensión, el Pensionado, es Golden.
Puede, pero retirarlo hace perder los incentivos del estatus, y cada renovación de 5 años exige de nuevo la certificación bancaria del depósito, por lo que en la práctica el depósito permanece mientras usted conserve el permiso. Qué más le ocurre al permiso tras una retirada aún no está confirmado oficialmente. El dinero sigue siendo suyo en todo momento: es su propio depósito, no un pago al Estado.
En la ficha PPT-RR del SNM no figura ninguna estancia mínima, aunque eso no prueba que no exista ninguna. Si el permiso se considera en derecho residencia permanente, puede aplicarse la regla de ausencia de dos años para los residentes permanentes; eso aún no está confirmado oficialmente. La residencia fiscal es un criterio distinto: más de 183 días en Panamá en un ejercicio fiscal, o una vivienda permanente allí.
Panamá grava con un criterio territorial, por lo que las pensiones, los dividendos, los intereses y las ganancias extranjeros de un residente fiscal quedan fuera del ámbito de su impuesto sobre la renta (Código Fiscal, artículo 694). Los intereses del propio depósito se generan en Panamá, y aún no está confirmado oficialmente si están exentos. La tributación sigue a la residencia fiscal, no al permiso, y el país pagador puede seguir gravando una pensión conforme a un convenio. Información general, no asesoramiento fiscal.
Sí, como familiares a cargo. La ficha del SNM no fija ningún importe adicional por familiar a cargo y pide la acreditación del parentesco y una carta de responsabilidad y repatriación para cada uno. Qué familiares son admisibles, y en qué condiciones, se confirma en cada caso: pregunte a Mira, by Mirabello para una primera valoración o reserve su consulta gratuita.
Solo en unos pocos casos enumerados, conforme a la ley de incentivos de 1987 en que se basa la vía. Ese límite no se ha conciliado todavía con la ley migratoria posterior, por lo que la situación aún no está confirmada oficialmente. La vía está pensada para quienes viven de sus ahorros: si prevé trabajar en Panamá, comprobamos la situación para su caso antes de que presente la solicitud.
No se publica ningún plazo de tramitación para esta categoría. La ley migratoria panameña de 2008 fija un plazo legal para resolver las solicitudes de residencia, pero no se han comprobado las modificaciones posteriores, por lo que confirmamos el plazo vigente y las tasas oficiales para su caso. El depósito se abre primero, porque su certificado bancario forma parte del expediente, y un abogado panameño presenta la solicitud.
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