Cómo los ciudadanos caribeños evitan la doble imposición en 2026: CDIs y planificación

marzo 2026
Cómo los ciudadanos caribeños evitan la doble imposición en 2026: CDIs y planificación
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La doble imposición es una preocupación primordial para los inversores que adquieren segundos pasaportes mediante programas de ciudadanía por inversión. La buena noticia: la mayoría de las naciones CBI caribeñas imponen cero impuesto sobre la renta personal sobre los ingresos mundiales, y el uso estratégico de los convenios para evitar la doble imposición (CDIs) puede reducir o eliminar la exposición fiscal residual — todo ello mientras se obtiene la ciudadanía desde tan solo $130K en 45–60 días.

Puntos clave

  • Las cinco jurisdicciones CBI caribeñas (Antigua, Dominica, Granada, St. Kitts, Santa Lucía) no imponen ningún impuesto sobre la renta personal de ámbito mundial, lo que reduce significativamente el riesgo de doble imposición.
  • Vanuatu, el programa CBI más rápido con 45–60 días, tampoco impone impuesto sobre la renta, impuesto sobre las plusvalías ni impuesto de sucesiones.
  • El Acuerdo de Doble Imposición de la CARICOM cubre 13 Estados miembros del Caribe, incluidas las cinco naciones CBI caribeñas, ofreciendo alivio en la retención fiscal sobre dividendos, intereses y regalías.
  • El exclusivo tratado E-2 de Granada con Estados Unidos ofrece a los ciudadanos caribeños una vía exclusiva de acceso al mercado estadounidense con oportunidades favorables de estructuración fiscal.
  • El marco de BEPS (Erosión de la Base Imponible y Traslado de Beneficios) de la OCDE y el Estándar Común de Declaración (CRS) se aplican ahora en todas las jurisdicciones CBI caribeñas, exigiendo plena transparencia fiscal y estructuración conforme.
  • La planificación adecuada de la residencia fiscal — no la mera adquisición del pasaporte — es el factor crítico para evitar legalmente la doble imposición en 2026 y más allá.

Cómo los ciudadanos caribeños evitan la doble imposición en 2026: CDIs y planificación

La doble imposición es una preocupación primordial para los inversores que adquieren segundos pasaportes mediante programas de ciudadanía por inversión. La buena noticia: la mayoría de las naciones CBI caribeñas imponen cero impuesto sobre la renta personal sobre los ingresos mundiales, y el uso estratégico de los convenios para evitar la doble imposición (CDIs) puede reducir o eliminar la exposición fiscal residual — todo ello mientras se obtiene la ciudadanía desde tan solo $130K en 45–60 días.

Puntos clave

  • Las cinco jurisdicciones CBI caribeñas (Antigua, Dominica, Granada, St. Kitts, Santa Lucía) no imponen ningún impuesto sobre la renta personal de ámbito mundial, lo que reduce significativamente el riesgo de doble imposición.
  • Vanuatu, el programa CBI más rápido con 45–60 días, tampoco impone impuesto sobre la renta, impuesto sobre las plusvalías ni impuesto de sucesiones.
  • El Acuerdo de Doble Imposición de la CARICOM cubre 13 Estados miembros del Caribe, incluidas las cinco naciones CBI caribeñas, ofreciendo alivio en la retención fiscal sobre dividendos, intereses y regalías.
  • El exclusivo tratado E-2 de Granada con Estados Unidos ofrece a los ciudadanos caribeños una vía exclusiva de acceso al mercado estadounidense con oportunidades favorables de estructuración fiscal.
  • El marco de BEPS (Erosión de la Base Imponible y Traslado de Beneficios) de la OCDE y el Estándar Común de Declaración (CRS) se aplican ahora en todas las jurisdicciones CBI caribeñas, exigiendo plena transparencia fiscal y estructuración conforme.
  • La planificación adecuada de la residencia fiscal — no la mera adquisición del pasaporte — es el factor crítico para evitar legalmente la doble imposición en 2026 y más allá.

¿Qué es la doble imposición y por qué afecta a los inversores CBI?

¿Qué es la doble imposición? Se produce cuando dos o más jurisdicciones reclaman el derecho a gravar los mismos ingresos, ganancias o activos de un mismo contribuyente. Para las personas de alto patrimonio neto que adquieren la ciudadanía caribeña mediante inversión, este riesgo surge cuando su país de origen, su país de residencia y su nuevo país de ciudadanía reivindican cada uno derechos de imposición sobre los mismos flujos de ingresos.

Existen dos formas distintas de doble imposición que los inversores CBI deben comprender:

Doble imposición jurídica

Se produce cuando dos Estados gravan a la misma persona por los mismos ingresos. Por ejemplo, un empresario residente en el Reino Unido que obtiene la ciudadanía de Granada podría enfrentarse al impuesto sobre la renta mundial en el Reino Unido (como residente fiscal en el RU) mientras que Granada teóricamente mantiene el derecho a gravar esos mismos ingresos bajo la legislación interna. En la práctica, dado que Granada no impone ningún impuesto sobre los ingresos de fuente extranjera para los no residentes, este riesgo se mitiga sustancialmente — pero el principio legal sigue siendo relevante a efectos de cumplimiento.

Doble imposición económica

Se produce cuando los mismos ingresos económicos se gravan en manos de personas diferentes — por ejemplo, cuando los beneficios empresariales se gravan a nivel de entidad en una jurisdicción y de nuevo como dividendos en manos del accionista en otra. Los inversores CBI con estructuras empresariales transfronterizas están especialmente expuestos a esta forma de doble imposición.

La conclusión clave para 2026 es que la ciudadanía caribeña por sí sola no crea ni elimina las obligaciones fiscales. La obligación fiscal está determinada principalmente por la residencia fiscal, no por la ciudadanía. Sin embargo, la ciudadanía caribeña proporciona la base legal sobre la que puede construirse una planificación eficaz de la residencia fiscal.

La ventaja fiscal caribeña: jurisdicciones CBI de cero impuestos

La herramienta más poderosa de la que disponen los ciudadanos caribeños contra la doble imposición es el régimen territorial o de cero impuestos que opera cada nación CBI. A diferencia de los programas de ciudadanía en jurisdicciones de alta imposición, las naciones CBI caribeñas no imponen a sus ciudadanos obligaciones de tributación mundial.

Comparación del régimen fiscal: naciones CBI caribeñas (2026)
Jurisdicción Impuesto sobre la renta personal Impuesto sobre las plusvalías Impuesto de sucesiones/herencias Tributación mundial Inversión mínima CBI
Antigua y Barbuda 0% 0% 0% No $230.000
San Cristóbal y Nieves 0% 0% 0% No $250.000
Dominica 15–35% (solo residentes) 0% 0% No (territorial) $200.000
Granada 0–30% (solo residentes) 0% 0% No (territorial) $235.000
Santa Lucía 0–30% (solo residentes) 0% 0% No (territorial) $240.000
Vanuatu 0% 0% 0% No $130.000

Como ilustra la tabla, Antigua y Barbuda, San Cristóbal y Nieves y Vanuatu no imponen absolutamente ningún impuesto sobre la renta personal — ni a residentes ni a no residentes. Dominica, Granada y Santa Lucía operan sistemas fiscales territoriales que solo gravan los ingresos obtenidos dentro del país, lo que significa que los ingresos de fuente extranjera no están gravados ni siquiera para los residentes fiscales.

Para los inversores CBI que no residen físicamente en su nuevo país de ciudadanía, la carga fiscal práctica en estas jurisdicciones es efectivamente cero. Esto crea un punto de partida extraordinariamente ventajoso para evitar la doble imposición.

Convenios de doble imposición: la red de CDIs caribeños

Más allá de los regímenes fiscales internos, los convenios de doble imposición proporcionan el marco legal formal para asignar los derechos de imposición entre jurisdicciones y evitar que los mismos ingresos sean gravados dos veces. Comprender la red de CDIs caribeños es esencial para los inversores que estructuran sus asuntos transfronterizos en 2026.

El Acuerdo de Doble Imposición de la CARICOM

El tratado fiscal multilateral más significativo que cubre las naciones CBI caribeñas es el Acuerdo de Doble Imposición de la CARICOM, que se aplica en los 13 Estados miembros de la CARICOM. Este acuerdo cubre Antigua y Barbuda, Dominica, Granada, San Cristóbal y Nieves y Santa Lucía — las cinco jurisdicciones CBI caribeñas.

Bajo este acuerdo:

  • Dividendos: Se limita la retención fiscal, evitando una imposición excesiva en origen sobre los flujos de dividendos intracaribe.
  • Intereses y regalías: Se aplican tipos de retención reducidos, facilitando la inversión intrarregional.
  • Beneficios empresariales: Solo se gravan en el Estado donde existe un establecimiento permanente, protegiendo a los ciudadanos caribeños que realizan negocios en múltiples islas.
  • Plusvalías: Generalmente solo se gravan en el Estado de residencia, lo que — dados los regímenes caribeños de cero impuesto sobre las plusvalías — a menudo significa ningún impuesto en absoluto.

CDIs bilaterales con economías importantes

Las naciones CBI caribeñas mantienen redes de tratados bilaterales variables. En particular:

  • San Cristóbal y Nieves tiene CDIs con varias naciones de la Commonwealth y mantiene acuerdos de intercambio de información fiscal (AIIF) con más de 30 jurisdicciones, incluidos Estados Unidos, el Reino Unido y los principales Estados miembros de la UE.
  • Granada tiene la distinción única de contar con un tratado bilateral de inversión (TBI) con Estados Unidos que sustenta la elegibilidad para el visado E-2 — la única nación CBI caribeña con esta ventaja.
  • Antigua y Barbuda ha ampliado significativamente su red de AIIF desde 2020, demostrando su compromiso con los estándares internacionales de transparencia fiscal.
  • Dominica mantiene AIIF con jurisdicciones clave y participa plenamente en el marco de intercambio automático CRS de la OCDE.

Es importante señalar que las naciones CBI caribeñas generalmente tienen menos CDIs bilaterales que las principales economías de la OCDE. Esto no es necesariamente una desventaja — dado que estas jurisdicciones imponen mínimos o ningún impuesto internamente, la necesidad de tratados de alivio bilaterales es inherentemente menor. El principal beneficio de planificación fiscal se deriva del propio régimen doméstico de cero impuestos, con los CDIs que sirven como una capa adicional de protección.

Acuerdos de intercambio de información fiscal (AIIFs)

Aunque los AIIFs no son CDIs per se, son fundamentales para el panorama de cumplimiento fiscal en 2026. Todas las jurisdicciones CBI caribeñas participan en el Estándar Común de Declaración (CRS) de la OCDE, que requiere el intercambio automático de información de cuentas financieras entre jurisdicciones participantes. Esto significa que las cuentas bancarias, las carteras de inversiones y otros activos financieros de los ciudadanos caribeños se declaran a su país de residencia fiscal.

Para los inversores CBI, esto subraya un principio vital: la ciudadanía caribeña no es un instrumento de evasión fiscal. Es un instrumento legítimo de optimización fiscal dentro de estructuras plenamente conformes. La distinción no es meramente semántica — es la diferencia entre la planificación legítima y la responsabilidad penal.

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Planificación de la residencia fiscal: el fundamento de la evasión de la doble imposición

La herramienta más sofisticada para evitar la doble imposición con ciudadanía caribeña no es el propio pasaporte — es la estructuración deliberada y conforme de la residencia fiscal. En 2026, las autoridades fiscales de todo el mundo escudriñan la sustancia y los vínculos económicos genuinos, no simplemente el pasaporte que posee una persona.

Establecer la residencia fiscal en una jurisdicción de cero impuestos

Para que la ciudadanía caribeña pueda desarrollar todo su potencial de planificación fiscal, los inversores suelen necesitar establecer una residencia fiscal genuina en su nuevo país de ciudadanía o en otra jurisdicción favorable. Las consideraciones clave incluyen:

  • Presencia física: La mayoría de las jurisdicciones requieren un número mínimo de días (a menudo 183 días al año) para establecer la residencia fiscal. Algunas naciones caribeñas ofrecen umbrales más flexibles.
  • Centro de intereses vitales: Las autoridades fiscales examinan dónde están centralizados la familia, la residencia principal, los vínculos sociales y las actividades económicas de un individuo.
  • Domicilio de elección: Las jurisdicciones de derecho consuetudinario, incluyendo la mayoría de las naciones CBI caribeñas, distinguen entre residencia y domicilio — una distinción que puede tener implicaciones profundas para la planificación de herencias y sucesiones.
  • Normas de desempate: Donde existen CDIs, las disposiciones de desempate del tratado determinan qué jurisdicción tiene derechos de imposición primarios cuando un individuo califica como residente fiscal en ambas.

El desafío del «impuesto de salida»

Los inversores de determinadas jurisdicciones de alta imposición se enfrentan a impuestos de salida o gravámenes al abandonar la residencia fiscal. Los ejemplos más destacados incluyen:

  • Estados Unidos: El impuesto de expatriación de EE. UU. (IRC §877A) impone un impuesto de salida de «mark-to-market» sobre los ciudadanos estadounidenses y residentes de larga data que renuncian. La ciudadanía caribeña proporciona un pasaporte alternativo para viajar, pero no elimina por sí sola las obligaciones fiscales en EE. UU.
  • Canadá: Las normas de disposición presunta tratan a los emigrantes como si hubieran vendido todos los activos mundiales a su valor justo de mercado al salir del país.
  • Alemania, Noruega y otros Estados de la UE: Se aplican varios regímenes de impuesto de salida a las personas que se trasladan fuera de la UE/EEE.

Sincronizar la adquisición de la ciudadanía caribeña antes de eventos de riqueza significativos — como ventas de empresas, OPVs o grandes plusvalías — puede crear oportunidades de planificación legítimas. Sin embargo, esto requiere una planificación anticipada meticulosa y asesoramiento jurídico cualificado.

Combinar ciudadanía caribeña con residencia favorable

Muchos inversores sofisticados utilizan un enfoque por capas: ciudadanía caribeña para movilidad y opcionalidad, combinada con residencia fiscal en otra jurisdicción favorable. Las combinaciones populares incluyen:

  • Ciudadanía caribeña + residencia en los EAU: Los EAU no imponen ningún impuesto personal sobre la renta (se introdujo un impuesto de sociedades del 9% en 2023, pero no se aplica a los ingresos personales inferiores a AED 375.000). Combinado con los viajes sin visa del pasaporte caribeño, esta es una de las estructuras más poderosas disponibles.
  • Ciudadanía caribeña + régimen sucesor al NHR de Portugal: El marco revisado de residencia no habitual de Portugal aún ofrece un tratamiento fiscal preferencial para determinadas categorías de ingresos, complementado por la movilidad del pasaporte caribeño.
  • Ciudadanía caribeña + residencia en Singapur: El sistema fiscal territorial de Singapur y su amplia red de CDIs combinan bien con la ciudadanía caribeña para los inversores centrados en Asia-Pacífico.

Mirabello Consultancy asesora a los clientes tanto en ciudadanía por inversión como en programas de golden visa, permitiendo estrategias integradas de residencia-ciudadanía que maximizan la eficiencia fiscal.

ECCIRA y cambios regulatorios: qué significa 2026 para la planificación fiscal

El establecimiento de la Autoridad Reguladora de Inversión de Ciudadanos del Caribe Oriental (ECCIRA) en diciembre de 2025, con plenas operaciones a partir de abril de 2026, introduce una nueva dimensión regulatoria en los programas CBI caribeños que tiene implicaciones indirectas pero importantes para la planificación fiscal.

Due diligence estandarizada

El mandato de ECCIRA incluye la armonización de los estándares de due diligence en los cinco Estados miembros de la OECO que operan programas CBI. Para la planificación fiscal, esto significa:

  • Verificación reforzada del origen de los fondos: Los inversores deben demostrar que el capital de inversión proviene de fuentes legítimas y fiscalmente conformes. Los fondos no explicados o de evasión fiscal no superarán el escrutinio.
  • Seguimiento continuo: El marco de ECCIRA incluye disposiciones para controles de cumplimiento posteriores a la aprobación, garantizando que la ciudadanía no se utilice como vehículo para flujos financieros ilícitos.
  • Cooperación internacional: ECCIRA se coordina con el GAFI, la UE y otros organismos internacionales, reforzando el compromiso del Caribe con la transparencia financiera.

Implicaciones para los titulares de pasaportes existentes

Los inversores que obtuvieron la ciudadanía caribeña antes del establecimiento de ECCIRA no están exentos del nuevo entorno regulatorio. Los estándares de declaración mejorados y los protocolos de intercambio de información mutua significan que todos los ciudadanos caribeños — independientemente de cuándo obtuvieron su pasaporte — deben asegurarse de que sus asuntos fiscales estén en orden.

Esto es, paradójicamente, un desarrollo positivo para los inversores legítimos. Una regulación más sólida mejora la credibilidad y la viabilidad a largo plazo de los programas CBI caribeños, protegiendo a los titulares de pasaportes de posibles futuras restricciones de visado o listas negras internacionales que podrían derivarse de una supervisión inadecuada.

Estrategias prácticas de planificación fiscal para ciudadanos caribeños en 2026

Más allá de la teoría, las siguientes estrategias representan los enfoques más eficaces para que los ciudadanos caribeños eviten la doble imposición en 2026. Cada una debe implementarse con asesoramiento fiscal transfronterizo cualificado.

Estrategia 1: Transición de residencia limpia

El enfoque más directo consiste en terminar claramente la residencia fiscal en una jurisdicción de alta imposición y establecer una residencia genuina en un país de cero o baja imposición. La ciudadanía caribeña facilita esto al proporcionar un segundo pasaporte para viajes sin visa (hasta 148 países con la ciudadanía de San Cristóbal y Nieves) y una jurisdicción legítima de «base».

Los requisitos clave para una transición limpia incluyen:

  • Vender o arrendar la residencia principal en el país de salida
  • Trasladar a los miembros de la familia, especialmente al cónyuge e hijos dependientes
  • Transferir cuentas bancarias, cuentas de inversión y operaciones empresariales
  • Cumplir los requisitos de presencia física en la nueva jurisdicción
  • Presentar todas las notificaciones de salida requeridas y las declaraciones fiscales finales

Estrategia 2: Estructuración basada en tratados

Donde existen CDIs bilaterales entre la nación caribeña y el país de origen del inversor, se pueden aprovechar las disposiciones del tratado para reducir las retenciones fiscales sobre los flujos de ingresos pasivos. Esto es especialmente relevante para:

  • Ingresos por dividendos de empresas en el país de origen
  • Ingresos por intereses de bonos y depósitos bancarios
  • Ingresos por regalías de propiedad intelectual
  • Ingresos de pensiones, que bajo muchos tratados solo tributan en el Estado de residencia

Estrategia 3: Reestructuración empresarial con sustancia

Los ciudadanos caribeños pueden establecer sociedades holding o entidades operativas en su país de ciudadanía, siempre que exista una sustancia económica genuina. Desde la introducción de requisitos de sustancia en todo el Caribe (alineados con los estándares de la UE y la OCDE), cualquier estructura empresarial debe demostrar:

  • Empleados locales adecuados e instalaciones físicas
  • Toma de decisiones real realizada dentro de la jurisdicción
  • Justificación comercial legítima más allá de la reducción fiscal

Estrategia 4: Sincronizar eventos de riqueza con cambios de residencia

Adelantar o aplazar eventos de ingresos significativos para que coincidan con un estatus de residencia fiscal favorable es una técnica de planificación bien establecida. La ciudadanía caribeña — obtenible en tan solo 3–6 meses para la mayoría de los programas, o 45–60 días con el programa de Vanuatu — proporciona la flexibilidad para ejecutar estas transiciones dentro de plazos comercialmente realistas.

Errores comunes y riesgos de cumplimiento

Una planificación fiscal eficaz requiere comprender no solo lo que es posible, sino lo que es peligroso. Los siguientes errores han atrapado a inversores CBI que no buscaron orientación adecuada.

Error 1: Asumir que ciudadanía equivale a residencia fiscal

Obtener un pasaporte caribeño no le convierte automáticamente en residente fiscal de ese país — ni termina automáticamente la residencia fiscal en su país actual. La residencia fiscal está determinada por pruebas legales específicas en cada jurisdicción, y equivocarse puede resultar en ser residente fiscal en dos países simultáneamente.

Error 2: Ignorar la declaración CRS

Bajo el Estándar Común de Declaración, las instituciones financieras declaran la información de cuentas al país de residencia fiscal del titular. Si usted tiene un pasaporte caribeño pero sigue siendo residente fiscal en un país de alta imposición, sus cuentas bancarias caribeñas serán declaradas a la autoridad fiscal de ese país. No hay ninguna ventaja de secreto.

Error 3: Estructuras artificiales sin sustancia

Las sociedades pantalla en el Caribe sin actividad económica genuina son cada vez más objeto de normas antievasión, incluidas las Directivas Anti-Evasión Fiscal de la UE y las disposiciones GAAR (Norma General Anti-Evasión) domésticas de muchos países.

Error 4: No considerar la tributación de EE. UU. basada en la ciudadanía

Estados Unidos grava a sus ciudadanos por los ingresos mundiales independientemente de dónde vivan. Adquirir la ciudadanía caribeña no reduce las obligaciones fiscales en EE. UU. a menos que se renuncie formalmente a la ciudadanía estadounidense — un paso con sus propias consecuencias fiscales significativas, incluido el impuesto de expatriación.

Para lecturas relacionadas sobre cómo navegar estas complejidades, consulte nuestra guía de comparación de los programas CBI caribeños en 2026.

Preguntas frecuentes

¿Los países CBI caribeños gravan los ingresos mundiales?

No. Ninguna de las seis naciones CBI tratadas en esta guía grava los ingresos mundiales. Antigua y Barbuda, San Cristóbal y Nieves y Vanuatu no imponen ningún impuesto sobre la renta personal. Dominica, Granada y Santa Lucía operan sistemas fiscales territoriales que solo gravan los ingresos de fuente local. Esta característica fundamental es la razón principal por la que la ciudadanía caribeña es tan eficaz para evitar la doble imposición.

¿Evitaré automáticamente la doble imposición al obtener un pasaporte caribeño?

No necesariamente. Un pasaporte caribeño proporciona la base para la optimización fiscal, pero evitar la doble imposición requiere una planificación deliberada de la residencia. Si usted sigue siendo residente fiscal en una jurisdicción de alta imposición, ese país continuará gravando sus ingresos mundiales independientemente de su ciudadanía caribeña. Debe estructurar adecuadamente su residencia fiscal para aprovechar los beneficios.

¿Qué es el Acuerdo de Doble Imposición de la CARICOM?

El Acuerdo de Doble Imposición de la CARICOM es un tratado multilateral entre 13 Estados miembros de la Comunidad del Caribe que asigna los derechos de imposición sobre los ingresos transfronterizos, incluidos dividendos, intereses, regalías y beneficios empresariales. Las cinco jurisdicciones CBI caribeñas (Antigua, Dominica, Granada, St. Kitts, Santa Lucía) son signatarias, proporcionando retenciones fiscales reducidas y alivio fiscal para la actividad económica en toda la región.

¿Cómo beneficia el tratado E-2 de Granada a la planificación fiscal?

Granada es la única nación CBI caribeña con un tratado bilateral de inversión que permite el acceso al visado de inversor E-2 de EE. UU. Esto permite a los ciudadanos de Granada establecer negocios en Estados Unidos sin activar la plena residencia fiscal en EE. UU. (los titulares del E-2 solo tributan sobre los ingresos de fuente estadounidense). Esto crea una estructura poderosa para acceder al mercado estadounidense mientras se mantienen las ventajas de la residencia fiscal caribeña. La inversión mínima para el programa CBI de Granada es de $235.000.

¿Afecta la declaración CRS a los ciudadanos caribeños?

Sí. Todas las jurisdicciones CBI caribeñas participan en el Estándar Común de Declaración de la OCDE, que requiere el intercambio automático de información de cuentas financieras entre autoridades fiscales. Los bancos en el Caribe declararán los saldos de cuentas e ingresos a su país de residencia fiscal. Esto significa que la ciudadanía caribeña no puede utilizarse para ocultar impuestos — solo para la planificación fiscal legítima mediante la estructuración adecuada de la residencia.

¿Cómo afectará ECCIRA a la planificación fiscal de los inversores CBI?

ECCIRA, operativo desde abril de 2026, afecta principalmente a la due diligence y la administración de programas en lugar de a la política fiscal directamente. Sin embargo, su verificación reforzada del origen de los fondos y su seguimiento continuo del cumplimiento significan que los inversores deben garantizar que todos los fondos sean demostrablemente conformes fiscalmente. Una regulación más sólida también mejora la credibilidad del programa, protegiendo el valor a largo plazo de los pasaportes caribeños y sus beneficios de planificación asociados.

¿Puedo usar la ciudadanía caribeña para reducir el impuesto de sucesiones?

Las naciones CBI caribeñas no imponen ningún impuesto de sucesiones o de herencias. Si usted establece una residencia fiscal y un domicilio genuinos en una nación caribeña, los activos pueden quedar fuera de los regímenes del impuesto de sucesiones de los países de alta imposición. Sin embargo, muchas jurisdicciones (incluido el Reino Unido, con su sistema IHT basado en el domicilio) tienen normas complejas que pueden extender el alcance del impuesto de sucesiones más allá de la residencia. El asesoramiento especializado en planificación patrimonial es esencial, y la interacción entre el domicilio de origen, el domicilio de elección y el domicilio presunto debe analizarse cuidadosamente.

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